La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó este viernes la reforma al Artículo 24 constitucional, en la que hace referencia a la libertad religiosa, de conciencia y de convicciones éticas, además establece que los actos de culto no deberán ser utilizados para fines políticos.
El decreto que se difunde en el Diario Oficial de la Federación, dispone que toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar la de su agrado.
Señala que la libertad "incluye el derecho de participar, individual o colectivamente tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley".
"Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política", añade el decreto que entrará en vigor mañana sábado.
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