La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó sancionar al PVEM con la interrupción de la transmisión de su propaganda dentro del tiempo en televisión asignado por el INE, por un periodo de siete días.
Lo anterior debido a que se acreditó un beneficio indebido de tiempo en televisión por parte del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), lo cual modificó el modelo de comunicación político-electoral vigente.
Ello en cumplimiento de la sentencia emitida por la Sala Superior del tribunal, el 11 de marzo de 2015, en donde se resolvió revocar las sentencias dictadas por la Sala Especializada en los procedimientos especiales sancionadores SRE-PSC-5/2014 y SRE-PSC-6/2015.
Asimismo el Pleno señaló que las concesionarias de radio y televisión inobservaron la normativa electoral, toda vez que participaron en la venta de tiempo en radio y/o televisión, favoreciendo a dicho partido político.
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