Informe de 100 días de gobierno de AMLO fue propaganda personalizada: TEPJF

Informe de 100 días de gobierno de AMLO fue propaganda personalizada: TEPJF

Foto: YouTube

El evento denominado “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno”, celebrado en Palacio Nacional el 30 de marzo y encabezado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, constituyó propaganda gubernamental personalizada. Así lo determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y se determinó revocar la decisión de la Sala Regional Especializada del mismo organismo.

 

Resultado de una sesión pública no presencial y por unanimidad de votos, se propuso devolver el expediente a la Sala Regional Especializada para que emita una nueva sentencia, pues había concluido que el informe del presidente no acreditó infracciones constitucionales de propaganda o mal uso de recursos públicos.

 

Ahora, debe resolver una vez más a fin de deslindar responsabilidades y establecer las consecuencias jurídicas que sean necesarias, pues el evento presidencial sí constituyó propaganda gubernamental personalizada, en términos de lo dispuesto por el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución.

 

Además, el evento violó la prohibición de difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas establecido en el artículo 41, base III, apartado C, segundo párrafo de la Constitución, pues persuade a la sociedad de que su administración resultaba loable.

 

La celebración del evento fue impugnada por el PRD el 26 de marzo; sin embargo, fue hasta el 10 de abril que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) admitió la queja e inició las labores de investigación.

 

Seis días más tarde, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió que la impugnación no procedía por ser actos consumados y declaró la improcedencia de la tutela preventiva, al solicitarse sobre hechos futuros de realización incierta.

 

Asimismo, una vez reunidas las constancias de la audiencia de pruebas y alegatos por parte de la Unidad Técnica, la Sala Regional Especializada determinó que el evento no presentó infracciones. Por ello, el PRD promovió el 8 de mayo un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador del cual se ha resuelto y corregido.

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