¿Cualquier policía puede detenerte al transitar en tu vehículo?

¿Cualquier policía puede detenerte al transitar en tu vehículo?

Foto: Enfoque

Los automovilistas tienen muchas obligaciones pero también tienen derechos, especialmente cuando están frente a una revisión policial, por lo que existen algunos aspectos que debes tener en cuenta.

 

Imagen Poblana consultó a elementos de la Policía Municipal y Estatal de Puebla, tanto del área de seguridad pública como de tránsito, a fin de conocer bajo qué condiciones un automovilista puede ser sujeto a revisión.

 

Los uniformados consultados por este medio coincidieron que en tanto las áreas de seguridad pública como las de tránsito, únicamente pueden detener a un automovilista ante un delito o falta flagrante, o bajo el concepto de sospecha razonable.

 

Delito o falta flagrante

 

El primero quiere decir que si un policía se percata de que un automovilista cometió un delito o una falta al reglamento de tránsito, podrá marcarle el alto para informarle de la falta o proceder a una revisión.

 

Por ejemplo, si el vehículo lleva los vidrios polarizados ello representa una falta al reglamento de movilidad, y puede ameritar una revisión preventiva debido a que el oscurecimiento de los cristales obstruye la visibilidad hacia el interior del vehículo.

 

En caso de que la detención la haga un elemento de seguridad pública, este no podrá proceder a infraccionar al automovilista por los vidrios polarizados, por pasarse un alto o por alguna otra violación al reglamento, pues las multas son una atribución específica del área de vialidad.

 

Sospecha razonable

 

La sospecha razonable será usada por cualquier autoridad para poder detener a un automovilista que, por su conducta o por las características de su vehículo, pueda representar un riesgo.

 

Este argumento es criticado pues hasta cierto punto es subjetivo, ya que lo peligroso o sospechoso de algún vehículo o su conductor, dependerá exclusivamente de los prejuicios y valoraciones de cada policía.

 

En el caso de los vehículos, casi todo se centra en los vidrios polarizados, la presencia de luces estroboscópicas, que tenga cubiertas o no traiga matrículas, así como que la unidad esté chocada.

 

¿Que pueden y que no, los policías, al hacer una revisión?

 

Los policías o agentes de tránsito no pueden actuar de forma altanera, prepotente ni grosera, pues cuando quieran llevar a cabo una revisión primero deberán de informárselo a la persona afectada.

 

Después de comunicar al automovilista que llevarán a cabo una revisión preventiva, éste tendrá que cooperar con las autoridades, por ejemplo, proporcionando la documentación necesaria, que en este caso es la licencia de conducir y tarjeta de circulación.

 

El oficial no puede solicitarte cosa ajena a dicha documentación, pues para corroborar si tú vehículo pudiera tener reporte de robo, será a través del número de chasis o de motor, que es visible en la carrocería de los vehículos.

 

Al hacer la revisión, el oficial también pude pedirte que bajes de tu unidad e incluso que accedas a una revisión corporal, que en el caso de conductoras, solo podrá llevarse a cabo por mujeres policía.

 

Lejos de lo que muchos policías aseguran, el actuar policial puede ser documentado por todos los ciudadanos, es decir, que puedes grabar con tu celular cualquier intervención, sin caer en la altanería y respetando siempre el trabajo de los oficiales.

 

El registro en video de una intervención de este tipo puede permitir que se garantice que la actuación, tanto de los policías como de los ciudadanos, fue cabal y que ninguna de las partes incurrió en una violación a los derechos y obligaciones.

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