Suprema Corte sepulta ley que obligaba a usuarios de celulares a entregar datos biométricos

Suprema Corte sepulta ley que obligaba a usuarios de celulares a entregar datos biométricos

Foto: Pixabay

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este lunes una reforma a la ley de telecomunicaciones que obliga a más de 120 millones de usuarios de telefonía móvil entregar sus datos biométricos: huella digital, iris y rostro, para acceder al servicio e integrarse a un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía (Panaut).

 

Durante la sesión del Tribunal Pleno de la SCJN, los ministros declararon inconstitucional este padrón, establecido en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión realizada por el Senado mexicano y establecida como decreto nacional en abril del año pasado, al coincidir en que la creación de este mecanismo es inconstitucional y violatorio de la protección de datos personales.

  

"Es inválido el sistema normativo que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que obligaba a los usuarios a otorgar diversos datos personales como el nombre, nacionalidad, número de identificación o CURP; así como datos sensibles (en este caso, datos biométricos)", se expuso en la sesión.

  

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá afirmó que es peligrosa la dicotomía entre seguridad y la privacidad, ceder datos personales es un riesgo en sí mismo, mientras que el ministro presidente del Supremo, Arturo Zaldivar se fue por la misma línea al señalar que no hay seguridad respecto a la seguridad en el manejo de los datos del Panaut, por lo que no se justifica que el Estado tenga tanta información privada de los ciudadanos.

  

La propuesta causó controversia y temor ante personas que consideran es una invasión a la privacidad a la que se sumaron voces como la Asociación de Internet de México y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), siendo éste último quien presentara ante la Corte una demanda para su inconstitucionalidad por considerarla una violación al derecho a la vida privada y protección de datos personales.

  

La modificación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en México para creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil tenía como objetivo de combatir los delitos que son cometidos a través del uso de teléfonos celulares. Este padrón estaría aplicando para más de 120 millones de usuarios de telefonía móvil en México quienes además estarían obligados a entregar sus datos biométricos.

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