Los sindicatos, ¿realmente para qué sirven y cómo se constituyen?

Los sindicatos, ¿realmente para qué sirven y cómo se constituyen?

Foto: FreePik

La reforma laboral que entró en vigor el año pasado ha traído una serie de modificaciones que buscan beneficiar, principalmente, al sector obrero, ofreciendo nuevas herramientas de organización y defensa de sus derechos.

 

México, al igual que otros países manufactureros, se ha visto bajo la sombra de un sindicalismo caciquil que pocas veces toma en cuenta a los trabajadores y antepone el interés personal de sus líderes, al momento de negociar las condiciones laborales con una empresa.

 

Esto se debe en gran parte a que muchos de los trabajadores desconocen qué es un sindicato, cómo se puede formar uno y cuáles son los tipos de asociación laboral que hay en nuestro país y que están reconocidos por las autoridades laborales.

 

 

¿Qué es un sindicato?

 

Primero que nada, hay que establecer qué es un sindicato, pues se trata de un modelo de asociación previsto en el artículo 366 de la Ley Federal del Trabajo.

 

De acuerdo con la ley, un sindicato recibe esta denominación cuando se conforma una asociación de trabajadores o patrones que tiene como fin el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

 

Esto quiere decir que un sindicato puede verse como una organización que servirá como mediador entre los empleados y los empleadores o, en su caso, de una jerarquía superior ante la cual se deben de defender ciertos derechos.

 

En el modelo más conocido de sindicalismo se tiene como meta que funja como una imagen que negociará un contrato colectivo de labores, el cual se encarga de aglomerar las remuneraciones y prestaciones de los trabajadores, así como los diferentes convenios que recibirán por parte del empleador.

 

Tipos de sindicatos en México

 

Como se dijo previamente, hay sindicatos tanto para trabajadores como para empleadores; sin embargo, hay otros tipos de sindicalismo que tienen determinadas características y se encuentran reconocidos por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.

 

El sindicato de empresa es el modelo más común que hay en nuestro país y es aquel conformado por los trabajadores de una empresa que deciden agruparse con la finalidad de defender sus intereses.

 

Este sindicato debe tener un mínimo de 20 trabajadores, que no deben pertenecer al sector de empleados de confianza y con más de 15 años cumplidos.

 

Los sindicatos nacionales de industria es otra de las variantes y está formado por asalariados que pertenecen a un mismo sector económico, por ejemplo, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, que agrupa a maestros.

 

Otro modelo de sindicato es el de oficios varios, el cual agrupa a trabajadores de distintas profesiones cuando el número de empleados con el mismo oficio es menor a 20, por lo que no podrían conformar un sindicato de empresas.

 

Los sindicatos industriales son los que agrupan a los empleados que trabajan en un mismo sector industrial, en un solo estado o ciudad.

 

En tanto que los sindicatos gremiales son los que reúnen a los trabajadores por su profesión, especialidad u oficio; tal es el caso del Sindicato de Telefonistas, que reúne a todas las personas que están en el sector de las telecomunicaciones.

 

¿Cómo formar un sindicato?

 

Aunque en teoría la conformación de un sindicato podría resultar algo sencillo, hay ciertos pasos que deben de ser cumplidos para obtener un registro de validez oficial por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.

 

La ley establece que todos los sindicatos deberán constituirse con un mínimo de 20 personas o, en el caso de los sindicatos patronales, con tres dueños.

 

Todo sindicato debe de contar con unos estatutos, en los cuales se establece la denominación del sindicato, domicilio, objeto del sindicato, condiciones de admisión de los socios, obligaciones y derechos de los asociados, así como la forma de convocar a asamblea.

 

En términos técnicos, un sindicato también debe tener un acta de la asamblea constitutiva, una lista con la denominación y domicilio de sus miembros, así como los estatutos de la agrupación.

 

Una vez cumplidos todos los requisitos, el trámite de validación corre a cargo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, que se encargará de dar validez a esta figura jurídica y a todos los documentos presentados.

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