Aborto en Puebla, una exigencia de colectivos feministas, pero sin avances legislativos

Aborto en Puebla, una exigencia de colectivos feministas, pero sin avances legislativos

Foto: Enfoque

De cara al 8 de marzo, una de las exigencias más recurrentes de las colectivas feministas será, de nuevo, la despenalización del aborto, un reclamo que se hace año con año sin que sea atendido por el Congreso del Estado. Puebla es uno de los estados que todavía castiga la interrupción del embarazo, aunque recientemente se abrió la opción de hacerlo de manera legal y segura.

 

Actualmente, sólo la Ciudad de México, Oaxaca, Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Guerrero, Veracruz, Hidalgo, Colima, Sinaloa, Quintana Roo y Aguascalientes permiten la interrupción legal del embarazo (ILE), lo que deja a Puebla como una de las 20 entidades que todavía castigan a las mujeres que ejercen sus derechos reproductivos.

 

El año pasado, Marisol Calva, asesora de género de la Secretaría de Gobernación (Segob), informó que siete hospitales del estado otorgarían el servicio en acatamiento a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En menos de tres meses, se hicieron pocos procedimientos, ya sea por el desconocimiento de cómo acceder al servicio, o porque no todas las unidades lo garantizan.

 

El aborto en Puebla es algo que se castiga no sólo para las personas gestantes que se lo practican, sino que también es punible para quienes los faciliten, incluido el personal médico. De acuerdo con el Código Penal del Estado en el capítulo 15 se explica en cinco artículos las sanciones relativas al aborto.

 

El artículo 340 señala que, a quien haga abortar a una persona con su consentimiento se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión, pero si lo hace sin consensuar, serán tres a seis años y ocho en caso de haberlo causado con violencia.

 

De acuerdo con el artículo 341, dichas sanciones también aplicarán para el personal médico que efectúe el aborto, desde un cirujano hasta una partera, pero con el agravante de que se les suspenderá por un periodo de dos a cinco años en su oficio o profesión.

 

En lo que respecta a las personas gestantes que se practiquen el aborto, el Código Penal refiere en el artículo 342 que para ellas la sanción será de seis meses a un año en prisión, ya sea que lo hagan voluntariamente o que den su consentimiento para que alguien más lo ejecute.

 

En el artículo 343 se explica que las leyes poblanas sólo prevén cuatro escenarios en los que la interrupción del embarazo no acredita una sanción: por una “imprudencia de la madre”, si es producto de una violación, cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la madre, o si hay causas eugenésicas graves previamente dictaminadas por dos peritos médicos.

 

¿Cómo acceder al aborto legal y seguro?

 

Para practicarse un aborto legal y seguro en Puebla, es necesario cumplir con una serie de requisitos, ya que no se puede simplemente llegar a un hospital y solicitarlo. En primer lugar, es importante resaltar que el embarazo no debe rebasar las 12 semanas de gestación.

 

Asimismo, es obligatorio contar con una constancia emitida por alguna de las colectivas en Puebla que ganaron el amparo en la SCJN. Las tres organizaciones que lo pueden emitir son Grupo de Información de Reproducción Elegida A.C. (GIRE); Centro de Análisis Formación Iniciativa Social (CAFIS); y el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (ODESYR).

 

Estas organizaciones son las únicas en la entidad con la facultad de acompañar a las personas que deseen abortar sin importar el motivo y sin que esto suponga una pena. No es necesario que las interesadas estén afiliadas a alguna instancia de seguridad social.

 

Inicialmente se dijo que en toda la entidad serían siete las unidades hospitalarias a las que se podría acudir a abortar. Estas son: el Hospital de la Mujer de la Secretaría de Salud estatal; la Clínica del Hospital de Tehuacán, la Clínica del Hospital de Teziutlán y la Clínica del Hospital de Huauchinango, las tres del ISSSTE; al igual que el hospital de La Margarita y el de Cuautlancingo, ambos del IMSS; y finalmente el hospital de Especialidades del ISSSTEP.

 

No obstante, el titular de la Segob, Javier Aquino Limón, dio a conocer que a casi tres meses del fallo de la Corte y el anuncio de la unidad de género, sólo el Hospital de la Mujer practica la ILE. Esto da como resultado que sólo se hayan hecho siete abortos legales y seguros, mientras que otras solicitudes siguen en espera, pero al no haber un sitio dónde hacerlos, el tiempo le juega en contra a las solicitantes.

 

A través de un mensaje en Instagram, ODESYR informó que el resto de dependencias todavía no cumplían con los lineamientos necesarios. Únicamente el ISSSTE se había puesto al corriente, pero igual no hay garantías del servicio, mientras que el IMSS y el ISSSTEP no han mostrado avances.

 

La omisión en el Congreso para despenalizar el aborto

 

En Puebla se han presentado múltiples iniciativas para que se despenalice el aborto, la más reciente en junio pasado de la mano de la diputada del Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva Ruiz. Esta propuesta, como las que en su momento presentaron Rocío García Olmedo en 2019, o Iván Herrera, Daniela Mier, Yolanda Gámez, Angélica Cervantes y Carlos Evangelista en 2022, siguen “en la congeladora”, sin avances.

 

Y es que, además de modificar el Código Penal, la ILE también requiere reformas a la Ley Estatal de Salud, pero más importante, la mayoría de votos en el Congreso. Al momento de que se presentó la iniciativa más reciente, la de Mónica Silva, sólo otros ocho diputados se sumaron en favor de la propuesta, mientras que el resto se abstuvo o se mostró en contra, como lo hizo la bancada completa del PAN, en ese entonces conformada por nueve legisladores.

 

De igual forma, el otrora presidente del Congreso, Eduardo Castillo López, señalaba que para tomar una decisión se debía llegar a un consenso unánime, es decir, que los 41 diputados voten a favor, algo que algunos ya habían declarado inviable.

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