¿Es un delito abandonar a un adulto mayor?

¿Es un delito abandonar a un adulto mayor?

Foto: Enfoque

Responde al nombre de María de Jesús Mundo, tiene 78 años, pero en los últimos dos se ha tenido que refugiar en la Central de Autobuses de Puebla (CAPU) esperando a su hija. El 5 de julio el Sistema Estatal DIF informó sobre una mujer de la tercera edad que vive desde hace dos años en la CAPU esperando a que su hija vuelva por ella, por lo que hoy piden ayuda para encontrar a su familia.

 

 

Han sido las personas quienes ayudan con comida y vestimenta a María de Jesús para que sobreviva, aunque en este sitio su salud va en detrimento y también ha sido víctima de los malos tratos de la gente que no empatiza con su situación. De momento, ni su hija ni ningún otro familiar responde por María de Jesús, quien a sus casi 80 años sufre de abandono sin que alguien la auxilie más allá de los pasajeros.

 

Por lo anterior, el DIF estatal pide que se proporcione cualquier información a los números 22-22-29-52-00 ext. 5293, 234-324-4788 o al correo electrónico direccionjuridica.sedif@gmail.com. Así como ella, otros adultos mayores están en la misma situación de abandono, en el grueso de los casos por parte de sus familiares, quienes, sin saberlo, están incurriendo en un delito.

 

¿Es un delito el abandono de adultos mayores?

 

En Puebla, el Código Penal del Estado dicta en la Sección Segunda del abandono de personas cuáles son las penas y sanciones por el abandono de un adulto mayor en la entidad. De acuerdo con el artículo 346, abandonar a un adulto mayor incapaz de cuidarse a sí mismo conlleva una pena de tres meses a cinco años de prisión y se le privará de la tutela del adulto que resulte ofendido.

 

Dicha sanción también aplicará para quienes abandonen a una niña, niño o adolescente, o bien, a una persona enferma que, al igual que las personas de la tercera edad, no puedan valerse por sí mismas, retirando la patria potestad.

 

Para que el abandono de un adulto de edad avanzada sea perseguido por las autoridades, es menester que el o la afectada haga la denuncia correspondiente, aunque en los casos donde se trata de menores de edad, el Ministerio Público deberá actuar de oficio para perseguir a los responsables, esto de acuerdo al artículo 348 del Código Penal.

 

Por otra parte, según el artículo 352, quien abandone a una persona, incapaz de valerse por sí misma teniendo la obligación de cuidarla, se le impondrá de dos meses a seis años de prisión y una multa de cinco a 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente de 542 o 5,428 pesos, según sea el caso.

 

A nivel nacional no hay claridad en cuanto al abandono de adultos como un delito, pues en el 2021 se aprobaron reformas para tipificar este delito, pero actualmente ya no hay una sanción al respecto. El Código Penal Federal en el artículo 335 dice que abandonar a un menor o una persona enferma que no se cuida por sí misma conlleva un mes a cuatro años de prisión, más el retiro de la tutela.

 

En tanto, el artículo 336 establece que dejar a su suerte a los hijos o al cónyuge sin los recursos para su subsistencia, será motivo de una pena de un mes a cinco años de prisión o una multa de 180 a 360 días. Ningún apartado o artículo hace mención sobre una pena o sanción en caso de abandonar a un adulto mayor.

 

¿De quién es la obligación de cuidarlos?

 

Los adultos mayores suelen enfrentarse a situaciones de vulnerabilidad porque en muchos casos las personas a su alrededor no pueden cubrir adecuadamente sus necesidades de alimentación, vestido o salud física y mental. Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Protección a las Adultas Mayores de Puebla, es obligación de la familia hacerse cargo de ellos y velar por su bienestar.

 

Asimismo, los adultos mayores deberán permanecer en casa de sus familiares a menos de que ello suponga una afectación para su integridad física y moral. En caso de que un abuelito no tenga un núcleo que pueda cuidarlos, es obligación de los servicios de salud y cuidados del estado, tales como la Secretaría de Salud o el DIF, atenderlos y cerciorarse de que estén en buenas condiciones.

 

Pese a esto, cada vez es más común que los ancianos se queden en la calle, sin nadie que los cuide y viviendo en condiciones deplorables, pidiendo comida o dinero en la vía pública, sin cuidado de su higiene personal o de su salud. Según la Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados (ENASIC) del 2022 del INEGI, ocho de cada diez adultos no tienen los cuidados adecuados ni siquiera en sus hogares.

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