La “zona gris” de los artículos de defensa personal en México

La “zona gris” de los artículos de defensa personal en México

Foto: Enfoque

En el entorno que prevalece no sólo en Puebla sino en todo el país, en el que la percepción de inseguridad es constante, el ciudadano común busca activamente alternativas para protegerse a sí mismo y a su familia. 

 

La venta y adquisición de artefactos como boxers, bastones retráctiles, navajas ocultas o gas pimienta se ha disparado, moviéndose en una delgada línea entre la legítima defensa y la ilegalidad en México.

 

La pregunta es: ¿Hay algún artículo de defensa personal que sea completamente legal para portar en la vía pública? Y de ser ilegal, ¿está permitido usarlo en un episodio de legítima defensa? 

 

La respuesta legal es compleja y reside en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como en los códigos penales estatales, creando una "zona gris" para el ciudadano.

 

De los artículos no letales más populares, el gas pimienta (o rociador de defensa) es quizás el que genera mayor confusión.

 

Y es que a nivel federal, la legislación sobre armas de fuego prohíbe las armas que emplean gases asfixiantes o tóxicos. Sin embargo, muchos argumentan que el gas pimienta es meramente irritante y no se clasifica dentro de esta prohibición, ubicándolo en una zona sin regulación explícita.

 

A nivel estatal, la legalidad varía significativamente. Mientras que algunos estados han reformado sus códigos para permitir expresamente la posesión y portación de rociadores de defensa con ciertas limitaciones de capacidad (generalmente no superiores a 150 ml), en otras entidades su portación puede ser interpretada como la de un "instrumento apto para agredir", lo que podría derivar en una sanción administrativa o penal.

 

La recomendación de expertos es importante: si se porta, debe ser un dispositivo pequeño y orientado exclusivamente a la autodefensa, buscando siempre la desorientación del agresor para permitir la huida y no la escalada de la violencia.

 

En el caso de artículos como los boxers (nudilleras), bastones retráctiles (tonfas o cachiporras) y navajas cuya finalidad principal es la agresión, la situación legal es mucho más estricta.

 

Boxers y armas blancas agresivas son objetos que suelen caer directamente en la categoría de armas prohibidas en muchos códigos penales estatales y reglamentos de Policía y Buen Gobierno, al ser considerados instrumentos diseñados para aumentar el daño físico en un ataque. La portación en la calle puede acarrear la detención inmediata.

 

Los bastones telescópicos o retráctiles, aunque son herramientas de defensa, su portación suele estar restringida o prohibida, ya que también se consideran instrumentos que pueden causar lesiones graves.

 

El principio velado es que si el objeto se diseñó o se puede usar con el único propósito de infligir daño, se le considera un arma y su portación está prohibida.

 

Más allá de la legalidad del objeto en sí, la ley mexicana contempla la figura de la Legítima Defensa (Artículo 15 del Código Penal Federal), una excluyente de responsabilidad que ampara el uso de la fuerza.

 

Para que el uso de cualquier objeto (incluso uno prohibido) se justifique en legítima defensa, deben cumplirse tres requisitos esenciales:

 

Agresión ilegítima, real, actual o inminente, es decir, debe haber un ataque inminente o en curso que ponga en peligro la vida, integridad o bienes.

 

La necesidad racional de la defensa señala que el medio empleado para repeler la agresión debe ser el necesario para detenerla.

 

Y la proporcionalidad del daño. La fuerza utilizada debe ser proporcional a la agresión recibida. Si alguien te agrede a puñetazos y tú respondes con una navaja o un arma de fuego, la ley podría considerar que hubo un exceso en la legítima defensa, lo que anularía esta excluyente de responsabilidad.

 

Aunque la ley otorga el derecho a la legítima defensa, la portación de artículos como boxers o navajas agresivas es ilegal y arriesgada. El gas pimienta navega en una ambigüedad legal que varía por estado. Para la seguridad legal, las opciones más seguras y permitidas son las alarmas personales (sonoras) y linternas tácticas (que desorientan con luz intensa).

 

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