La Comisión Nacional Antimonopolio sancionó con una multa de alrededor de 800 millones de pesos a Praxair y a dos empresas de Grupo Infra por incluir cláusulas de exclusividad en sus contratos de abastecimiento de oxígeno medicinal a clínicas y hospitales del sector privado.
Grupo Infra y Praxair proveen oxígeno medicinal a clínicas y hospitales, estas empresas son de los proveedores más relevantes en diversas regiones del país. Ambos incluyeron en sus contratos cláusulas de exclusividad que impedían a sus clientes acudir a otros proveedores. Esto dificultó que otros proveedores entraran al mercado o crecieran y a su vez provocó que clínicas y hospitales no pudieran acceder a mejores condiciones para adquirir oxígeno medicinal.
Los contratos contemplaban además la renovación automática e incluían penalizaciones por terminación anticipada. Estas condiciones restrictivas aplicaban a todos los hospitales actuales y futuros de sus clientes. Las restricciones aplicaron al menos de 2010 a 2023, lo cual implica que estuvieron vigentes incluso durante la pandemia.
La conducta afectó directamente a clínicas y hospitales en diversas regiones del país, así como a todos los pacientes que requerían oxígeno medicinal como parte de su tratamiento en dichos establecimientos.
Por ello, el Pleno de la Comisión impuso una multa de 723 millones de pesos a Grupo INFRA, así como de 68 millones de pesos a Praxair. Asimismo, en los mercados en los que se cometió la práctica, les ordenó:
-No aplicar las cláusulas de exclusividad que se encuentran en sus contratos vigentes, así como tampoco aplicar sanciones por su incumplimiento.
-No incluir en contratos futuros cláusulas de exclusividad y renovación automática.
-Nombrar a un oficial de cumplimiento y un auditor independiente que aseguren la correcta implementación de estas medidas correctivas, y supervisen el cumplimiento de las leyes de competencia en todas las operaciones de las empresas.
El oxígeno medicinal es un recurso vital para pacientes con problemas respiratorios, es un medicamento cuya disponibilidad y calidad puede ser determinante para asegurar una atención efectiva y segura. Con esta decisión la autoridad de competencia mexicana está garantizando que el acceso a este medicamento para las clínicas y hospitales sea en las mejores condiciones posibles, lo cual a su vez favorece a los pacientes que pudieran necesitarlo.
La Comisión Nacional Antimonopolio reconoce al sector salud como una prioridad y, por ello, mantendrá una vigilancia permanente tanto de las condiciones de competencia como de las empresas que participan en él, para asegurar su correcto funcionamiento en beneficio de los pacientes.
Las empresas o personas afectadas podrán interponer las acciones judiciales correspondientes ante los tribunales especializados en la materia.