Evita multas: estas modificaciones en tu auto están prohibidas en Puebla

Evita multas: estas modificaciones en tu auto están prohibidas en Puebla

Foto: Enfoque, Pixabay

A pesar de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, decenas de automovilistas continúan circulando con modificaciones prohibidas en sus vehículos.

 

Estas alteraciones, que van desde cambios estéticos hasta dispositivos para evadir la ley, siguen siendo visibles en calles y avenidas, a pesar de los operativos reforzados y el uso de tecnología para su detección.

 

Uno de los casos más frecuentes es el uso de vidrios polarizados u oscurecidos sin autorización. De acuerdo con el artículo 56, fracción VII, esta práctica está prohibida salvo que el polarizado sea original de fábrica y esté debidamente acreditado.

 

Sin embargo, muchos conductores lo utilizan por privacidad, estética o incluso para evitar ser identificados en revisiones. Las sanciones van de 4 a 10 UMAs (con UMA en 117.31 pesos), aproximadamente de 469 a 1,173 pesos; en casos graves o reincidencia, puede llegar a 45 y 75 UMA y remisión del vehículo.

 

Otra infracción común es la colocación de portaplacas decorativos, micas oscuras o luces de neón que dificultan la lectura de las placas. El reglamento es claro: las placas deben ser completamente visibles y legibles, sin obstrucciones ni alteraciones. Aun así, algunos automovilistas recurren a estos aditamentos para evadir fotomultas o cámaras de vigilancia.

 

Las multas van de 8 a 12 UMAs, por luces neón o portaplacas obstructivos; hasta 40-70 UMAs por alterar o cubrir placas y posible retención de la matrícula y remisión al corralón.

 

En el mismo sentido, el uso de luces no permitidas sigue siendo una práctica extendida; luces estroboscópicas, neón, faros de colores distintos al blanco o ámbar, e incluso luces rojas al frente, están prohibidas por generar confusión y poner en riesgo la seguridad vial.

 

Aunque algunos las instalan por motivos estéticos o para simular vehículos de emergencia, las autoridades advierten que estas modificaciones pueden derivar en sanciones económicas y el retiro inmediato de los dispositivos. La sanción va de 4 a 12 UMAs y en casos de riesgo a la seguridad, multa mayor y posible retiro inmediato de las luces.

 

El ruido excesivo generado por escapes deportivos o vehículos sin mofle es otro problema recurrente. El reglamento exige que todos los automóviles cuenten con sistemas de escape adecuados, incluyendo silenciador y convertidor catalítico, pero a pesar de ello, algunos conductores optan por escapes abiertos para generar un sonido más potente, lo que no solo infringe la norma, sino que también contribuye a la contaminación auditiva y ambiental.

 

En este caso, la sanción va de 6 a 12 UMAs, además, puede incluir verificación vehicular obligatoria y multa adicional por emisiones.

 

De igual forma, persiste el uso de dispositivos antirradares o detectores de velocidad, los cuales están expresamente prohibidos. Estos aparatos, utilizados para evadir fotomultas, pueden derivar en sanciones económicas que van 8 a 10 UMAs y la posible remisión del vehículo.

 

A esto se suma la instalación ilegal de sirenas, torretas o luces similares a las de cuerpos de emergencia, una de las faltas más graves, ya que puede implicar la suplantación de autoridad. Las multas van de 15 a 20 UMAs, una de las más altas y con posible aseguramiento del vehículo.

 

Las autoridades estatales han reiterado que estas modificaciones no solo representan una infracción administrativa, sino que también comprometen la seguridad de peatones y conductores, además de facilitar la comisión de delitos.

 

Ante este panorama, la recomendación es clara, antes de modificar un vehículo, los conductores deben revisar cuidadosamente lo que establece el reglamento y verificar que cualquier cambio cumpla con la normativa vigente. Lo que para algunos parece una mejora estética o funcional puede convertirse en una infracción costosa y en un riesgo para la seguridad vial.

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